Otro ataque a la propiedad privada de la tierra

Por José Félix Lafaurie Rivera.

Nota de Colombian News: Presentamos los primeros apartes de la carta del 27 de abril de 2021 de José Félix Lafaurie, presidente de Fedegan, al presidente de la República, Iván Duque, sobre el peligro que conlleva para el sector agrario colombiano el proyecto de Ley Estatutaria No. 132/20, “por la cual se crea una especialidad judicial rural y agraria, se establecen los mecanismos para la resolución de controversias y litigios agrarios y rurales y se dictan otras disposiciones”.

Sobre este proyecto, que ya hizo tránsito al Senado (PL.395/21-S) y está en la recta final para convertirse en Ley de la República, con consecuencias impredecibles para la ganadería, debo confesarle, señor presidente, que durante su trámite en el Cámara no percibí el alcance y eventual impacto para la ganadería. No obstante, como usted bien sabe, con mi esposa, la senadora María Fernanda Cabal, compartimos la preocupación por los temas del sector agropecuario y de la ganadería en particular. Es bien conocido el interés de María Fernanda, sobre temas tan sensibles como la corrección de las distorsiones de la Ley 1448 de 2011 en el tema de restitución, y su labor como fundadora y presidenta de la Fundación Colombia Ganadera, FUNDAGÁN.

Fue ella quien me alertó sobre esas eventuales repercusiones, sobre las cuales -repito- llamo su atención respetuosamente, en la medida en que el proyecto es de origen gubernamental, a partir de algunas observaciones generales y otras puntuales sobre los aspectos relevantes del proyecto, a partir del texto aprobado en segundo debate por la Cámara de Representantes (Gaceta del Congreso No. 038 de 2021).

El origen

En principio, es necesario anotar que el proyecto es “hijo” del Acuerdo Final con las Farc y, específicamente de la “Reforma Rural Integral”, por lo tanto, está permeado por la concepción del desarrollo rural y de la propiedad de la tierra que esa guerrilla impuso en las negociaciones con el gobierno Santos, con su primer desarrollo legislativo en el Decreto (Fast Track) No. 902 del 29 de mayo de 2017, “por el cual se adoptan medidas para facilitar la implementación de la Reforma Rural Integral contemplada en el Acuerdo Final en materia de tierras, específicamente el procedimiento para el acceso y formalización y el Fondo de Tierras”

¿Burocracia judicial rural?

Buena parte de la exposición de motivos se ocupa de la elección entre una “jurisdicción agraria y rural” o una “especialidad” agraria y rural, tanto en la jurisdicción ordinaria como en la contenciosa-administrativa, un debate estéril, a mi juicio, si se tiene en cuenta que la primera opción habría requerido una reforma constitucional y la creación de otra “gran corte”, algo inaceptable en un país de cortes y magistrados, de choques de trenes, de puertas giratorias y de desprestigio generalizado de estas instancias.

Aun así, la opción seleccionada, de las “especialidades” implicará la creación, en la jurisdicción ordinaria (art.15), de:

– La Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia.

– Las Salas Agrarias y Rurales de los Tribunales Superiores de Distrito Judicial.

– Los juzgados agrarios y rurales del Circuito.

Y en la jurisdicción contencioso- administrativa (art.16), de:

– La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado.

– Las Salas Agrarias y Rurales de los Tribunales Administrativos.

– Los Juzgados agrarios y rurales administrativos.

En resumen, el proyecto contempla la creación de una amplia burocracia judicial rural que no parece realista frente a la historia de ausencia del Estado -y de la justicia- en el campo, ni frente a la realidad de violencia por parte de actores ilegales, que está detrás de los conflictos de tierras derivados del despojo por las necesidades de control territorial del narcoterrorismo armado.

No está de más mencionar que la implementación de esa infraestructura judicial rural requerirá de apropiaciones presupuestales que no consultan la realidad de la actual coyuntura, o bien, se limitarán a “las salas” y sus magistrados urbanos, mientras, en el entorno rural, muy seguramente, estos buenos propósitos terminarán en los juzgados promiscuos que apenas logran funcionar bajo la presión extorsiva de la ilegalidad.

Federación Nacional de Ganaderos, Bogotá, www.fedegan.org.co, 12 de junio de 2021.COLOMBIAN NEWS.

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