Si no me vendes, te expropio

 

En marzo de este año escribí sobre la obsesión de Petro y su gobierno con la compra de tierras. Al parecer es el único mecanismo que le interesa, de los múltiples que existen, para alimentar el fondo de tierras y sacar adelante la reforma agraria y los compromisos del acuerdo de paz.

En marzo de este año escribí sobre la obsesión de Petro y su gobierno con la compra de tierras. Al parecer es el único mecanismo que le interesa, de los múltiples que existen, para alimentar el fondo de tierras y sacar adelante la reforma agraria y los compromisos del acuerdo de paz. Petro quiere pasar a la historia como el presidente que cumplió anticipadamente el acuerdo en materia de tierras. Pero la ineficiencia de la ANT no la ha permitido, y ello se aprecia en su ejecución presupuestal, la cual a abril había pagado únicamente el 4,1% de las apropiaciones de inversión.

Petro ensayó una expropiación express en el plan de desarrollo y fracasó. Luego acudió a los decretos de conmoción interior del Catumbo, sin éxito. La más reciente, un decreto expedido en enero, el 033 de 2025, en donde introduce la “opción privilegiada de compra” otorgada a la Agencia Nacional de Tierras (ANT) como un instrumento para agilizar la compra de tierras, pero que en la práctica podría minar la certidumbre jurídica sobre la propiedad rural en Colombia.

Según la norma, los propietarios de predios ubicados en las zonas priorizadas por el Ministerio de Agricultura, mayoritariamente en Córdoba, Sucre, la Guajira y varios municipios del Magdalena Medio, deberán notificar al Estado antes de concretar cualquier venta. La ANT dispondrá de quince días hábiles para decidir si desea adquirir el predio, siempre que este supere las dos Unidades Agrícolas Familiares (UAF) y haya sido adjudicado hace más de quince años de acuerdo con el articulo 39 de la ley 160/94.

Este nuevo procedimiento implica una intervención directa del Estado en el mercado de tierras que le sustrae al propietario el derecho de vender a quien quiera su propiedad y que, en caso de oponerse a la venta a la ANT, enfrenta el riesgo inminente de expropiación. El decreto parte de la premisa de que cualquier predio con ciertas características resulta automáticamente útil para la reforma agraria. Todo ello sin una declaración formal de utilidad pública, ni mecanismos efectivos de defensa para los dueños, los cuales se encontrarán en una posición sumamente débil ante la agencia.

El Decreto 033 introduce incertidumbre en la compraventa de tierras rurales al exigir notificaciones previas y permitir la intervención estatal en negocios privados, lo que podría desalentar transacciones legítimas y la inversión en el campo. La reforma agraria es necesaria, pero no debe erosionar principios constitucionales ni la confianza en el mercado. Para lograr una redistribución efectiva de tierras, se necesitan instituciones sólidas, normas claras y garantías sobre la propiedad.

 

 

 https://www.vanguardia.com/opinion/columnistas/andres-valencia/2025/06/04/si-no-me-vendes-te-expropio/

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