
COMUNICADO OCTUBRE 29 DE 2024
Hemos solicitado ante la Corte Suprema de Justicia una Investigación Penal contra LEONARDO DE JESÚS GALLEGO ARROYAVE, Presidente Comisión Legal de Investigación y Acusaciones, Cámara de Representantes y los Representantes a la Cámara ALIRIO URIBE MUÑOZ, WILMER RAMIRO CARRILLO y GLORIA ELENA ARIZABALETA CORRAL, Representantes del Triunvirato Investigador, relacionados con peticiones y denuncias contra el Presidente de la República GUSTAVO PETRO URREGO.
Sobre la violación de topes electorales, consideramos que están las pruebas recaudadas, lo que es muy diferente a seguir investigando sobre la financiación de campañas electorales con fuentes prohibidas, que es de carácter penal y que no hace parte de nuestra denuncia.
Los investigadores de la comisión de acusaciones, en nuestro caso, no han podido entender que no se puede judicializar como penal un proceso de carácter político, como la denuncia que instauramos el 3 de mayo de 2023, que busca el retiro del cargo del presidente por la violación de los topes de su campaña electoral, en obedecimiento de un mandato constitucional, como lo hemos venido sosteniendo e insistiendo reiteradamente.
El seguir tramitando como penal nuestra denuncia del 3 de mayo de 2023, sin lugar a dudas, los investigadores estarían incurriendo en un presunto PREVARICATO.
Las actuaciones que se vienen dando en la Comisión Legal de Investigación y Acusaciones de la Cámara de Representantes, indican que se niegan a implementar lo decidido por LA SALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVIL DEL CONSEJO DE ESTADO, de fecha seis (6) de agosto de dos mil veinticuatro (2024), Radicación: 11001-03-06-000-2024-00343-00, donde fueron Partes el Consejo Nacional Electoral y Comisión Legal de Investigación y Acusaciones de la Cámara de Representantes del Congreso de la Republica.
Lo que llama la atención es como omiten contestar de fondo las peticiones que hemos realizado, lo que deja en claro, que una denuncia por INDIGNIDAD, tal como la radicamos y ratificamos, sigue acumulada a unas denuncias penales, sin que quieran corregir tamaño desafuero, lo que implica DESACATAR lo ordenado por LA SALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVIL DEL CONSEJO DE ESTADO.
LAS PRUEBAS SON CONTUNDENTES Y NO SE PUEDE SEGUIR DILATANDO EL JUICIO POLITICO QUE DEBE DECIDIR LA APLICACIÓN DEL ARTICULO 109 CONSTITUCIONAL Y SANCIONAR CON LA SALIDA DEL CARGO AL PRESIDENTE PETRO.
Leer la denuncia penal en el siguiente link:
https://drive.google.com/file/d/1UcvZTTaeCjYFmBKvqSNNp0uGvGONg8en/view?usp=sharing
SOMOS OPTIMISTAS EN EL PROCESO QUE HEMOS EMPRENDIDO, YA QUE NOS RESPALDA LA CONSTITUCION Y LA LEY.
“FUERA PETRO”
JOSE MANUEL ABUCHAIBE ESCOLAR
DENUNCIA PENAL Y ANEXOS. OCT. 29 DE 2024