El Tribunal Administrativo de Cundinamarca les dio a la Registraduría Nacional del Estado Civil y al Consejo Nacional Electoral 48 horas para que le presenten un informe sobre la «presunta vulneración de los derechos fundamentales al sufragio, a elegir y ser elegido en condiciones de igualdad y transparencia para todos los colombianos».
La orden se dio a conocer tras la admisión de la tutela interpuesta por el abogado Sergio Alzate González, integrante de la ONG Colombia Transparente, en la que solicitó suspender el software de Disproel y de Indra hasta que se realice una auditoría al código fuente de ambos softwares.
El jurista considera que es necesaria la implementación de otra veeduría en el proceso electoral porque los softwares antes mencionados no ofrecen garantías a los sufragantes. En la misma acción judicial, Alzate solicitó la suspensión del «uso, operación e implementación del software de selección de jurados, de transmisión y recepción de información electoral, de preconteo, de escrutinio auxiliar, escrutinio municipal, escrutinio departamental, escrutinio general, dispuestos por Disproel; y el software de escrutinio nacional y consolidación de datos de Indra, hasta que culmine la auditoría externa, internacional e independiente con el fin de evitar perjuicios irremediables, hasta tanto se resuelva de fondo el amparo solicitado».

En este caso, aunque el Tribunal resolvió admitir la tutela para su estudio, no suspendió el uso del software porque «podría causar un perjuicio grave e irreparable a otros derechos o intereses jurídicos involucrados de terceros, como la empresa Indra Sistemas S.A. y la Unión Temporal Disproel, pues se partiría de adjudicar como ciertas las irregularidades de los pasados comicios del 13 de marzo de 2022, cuando de acuerdo con el mismo escrito de tutela son hechos que se encuentran en investigación, y que en todo caso, no excluyen la posibilidad de la auditoría externa que se realizaría a dicho software utilizado para el escrutinio posterior a las elecciones presidenciales», notificó la magistrada del Alto Tribunal.
En el Auto Admisorio emitido para notificar su decisión, la funcionaria le ordenó a la Registraduría Nacional y al Consejo Nacional Electoral que «rindan un informe sobre los hechos y la presunta vulneración de los derechos fundamentales alegados por el accionante en su escrito de tutela, dentro del término de dos días contados a partir de la fecha del recibo de este proveído».
Según le expresó a IFMNOTICIAS.COM Sergio Alzate, con esta decisión espera que se ordene una auditoría internacional externa del software y aunque el fallo de fondo se conocerá después de las elecciones de primera vuelta por cuestión de tiempo, la decisión afectará directamente lo que ocurra en una eventual segunda vuelta presidencial.
IFM Noticias, 26/05/2022