Con o sin consentimiento es reclutamiento

Al decir cínicamente Rodrigo Londoño Echeverri más conocido por su alias Timochenko, máximo jefe del movimiento Farc y Griselda Lobo Silva que se le conoce más con sus alias de Sandra Ramírez o Sandra Lobo, que no hubo reclutamiento de menores, es la más fehaciente demostración que en la subversión el fin justifica los medios; siempre esta estrategia de lucha por el poder es de recibo la mentira, en la más fehaciente muestra de la aplicación de la doctrina Gramsci. La burla de los mensajes que dejaran conocer esta semana estos reprochables voceros para justificar lo injustificable, es por supuesto la clara demostración que anticipa que no habrá verdad, justicia, reparación y garantía de no repetición.

Pero no es solo esta negativa abominable, es más inquietante que ante la JEP los ostentosos hoy voceros de ese movimiento otrora terrorista de las Farc, han impulsado 28 recursos para que los casos de reclutamiento de menores no avancen y en otros casos, tienen la desfachatez en decir que los calumnian porque judicialmente no está demostrado esa conducta criminal; por fortuna un juez de la república en fallo reciente dejo saber que pese a la no sentencia condenatoria,  reafirmo la libertad de expresión y el derecho a opinar sobre quienes en el pasado estuvieron vinculados a las Farc

La Convención de Ginebra suscrita en buen momento por Colombia, fue la primera en prohibir el reclutamiento y la participación de niños menores de 15 años en un conflicto armado. A lo largo de su completo articulado, no se exoneró ni justificó esa práctica inhumana, porque el niño ingresara voluntariamente. Lo propio hace la Convención sobre los Derechos del Niño, aprobada como tratado internacional de derechos humanos el 20 de noviembre de 1989, ratificada por Colombia, en la cual igualmente se contempló la edad de los quince años como límite mínimo para el reclutamiento, enfatizando en que los grupos armados no deben reclutar menores de 18 años.

Expresa su “Artículo 38…. 2. Los Estados Partes adoptarán todas las medidas posibles para asegurar que las personas que aún no hayan cumplido los 15 años de edad no participen directamente en las hostilidades. 3. Los Estados Partes se abstendrán de reclutar en las fuerzas armadas a las personas que no hayan cumplido los 15 años de edad. Si reclutan personas que hayan cumplido 15 años, pero que sean menores de 18, los Estados Partes procurarán dar prioridad a los de más edad ….”

Nuestro país se demoró en ocuparse a fondo del tema. El reconocimiento de los niños como víctimas del reclutamiento forzado sólo se consiguió con la expedición de la Ley 418 de 1997, que estableció el delito de reclutamiento ilícito, la cual fuera modificada por el artículo 5 de la ley 1421 de 2010.

Ahora bien, resulta inadmisible que se pretenda justificar el reclutamiento de menores con un supuesto consentimiento en consideración a que los jóvenes o niños reclutados por el entonces grupo terrorista de las FARC, lo hacían voluntariamente para justificar su ingreso a las filas, para convertirlos y utilizarlos como carne de cañón, en hostilidades y operaciones irregulares, se cae de su peso esa nimia explicación.  Nunca ese inventado y rebuscado consentimiento ahora como justificación al ingreso a las filas será de recibo y aceptación; tanto en nuestra legislación interna como en la internacional no se exonera al grupo armado por contar con un nulo absoluto consentimiento que jamás será voluntario en medio de la amenaza y tenencia de armas por donde se mire; solo imaginemos y preguntémonos ¿qué validez tendría la expresión de un asentimiento de tanto joven arrebatado de su humilde hogar por esa ralea de delincuentes y bandidos armados hasta los dientes?

Todo menor de edad en ese entonces y hoy en día, no puede expresar voluntaria y libremente su consentimiento así sea para laborar en una profesión y oficio. Por eso la ley le protege y demanda que en casos de menores sus actos para revestir y tener validez requieren el consentimiento de sus padres. Miles son los casos de los humildes colombianos desplazados por la violencia guerrillera que emigraron de los campos a las ciudades para evitar el reclutamiento de sus hijos. Ningún padre en su sano juicio y más aquel de arraigo campesino, quería que le enrolaran en sus filas los seres más queridos, como son los hijos.

La propia Corte Constitucional mediante auto A 251-08 expedido por el magistrado Manuel Cepeda se pronunció en puntuales términos recalcando que los niños, niñas y adolescentes desplazados por el conflicto armado son sujetos de protección constitucional imperativa y prioritaria. Dice el auto en cuestión: “Primero. – CONSTATAR que los niños, niñas y adolescentes colombianos en situación de desplazamiento no son tratados de manera acorde con su status constitucional como sujetos de protección especial en sí mismos, titulares de derechos fundamentales prevalecientes, y merecedores de atención y protección prioritaria y diferenciada; y DECLARAR que sus derechos fundamentales prevalecientes que están siendo masiva y continuamente desconocidos (arts. 5 y 44, C.P.)”.

Hoy, con esas  procaces e irrespetuosas declaraciones de estos dos individuos  desvergonzados del movimiento FARC,  que pretenden mostrarse como adalides despreocupados por la infancia, dejando saber que no reclutaron,  cuando es notorio, evidente, comprobado e informado, consta en videos y los reiteran las integrantes de la Corporación Rosa Blanca y otras organizaciones representativas de víctimas que el conflicto antes y ahora, que si existió y se dio el reclutamiento de menores; muchos de los cuales desaparecieron y no se tiene rastro de ellos. La pomposa Vicepresidente del senado, está en mora de contar ¿cuál fue la final suerte de ellos?

La lamentable muerte de los adolescentes que provocó la salida del Ministro de Defensa Guillermo Botero, es la demostración del descarado y abusivo reclutamiento que siguen las mal denominadas disidencias de las FARC haciendo. Cuando se dio el hecho, estos ansiosos y amigos de entregar declaraciones a los medios, no rechazaron el reclutamiento, pero si se aprestaron a condenar el bombardeo.

Si con ese cinismo con el que hoy entregaron declaraciones a los medios que tanto gustan de entrevistar cuestionados personajes, van a declarar ante la JEP que no reclutaban menores porque llegaron a las filas voluntariamente, o hacen uso de recursos y tácticas dilatorias para que no se conozca la verdad que están obligados a entregar,  es de esperarse que ese tribunal confeccionado a su medida, tenga alguna futura decisión absurda como la ya vista ocurrida con Santrich en el tema de su garantía de no extradición, hará que este execrable delito, no escape al conocimiento de la Corte Penal Internacional quien tiene plena jurisdicción para investigar y sancionar en nuestro país el reclutamiento de menores de quince años desde el primero de noviembre de 2009.

La estrategia en marcha es clara. Negar el reclutamiento de menores, mañana el secuestro que lo llaman retención, luego los actos criminales de todo tipo, en particular los que emplearan con material explosivo, los van justifican como actos de guerra y todas otras graves conductas cometidas en los largos 53 años.

Hoy con lo que lleva en la práctica el denominado proceso de paz, se puede inferir que esa actuación armada en la Habana y firmado en el Teatro Colón, rechazado por el Plebiscito del dos (2) de octubre de 2016, se convertirá entonces en la mayor estafa que se ha cometido con el pueblo colombiano. No hay voluntad de cumplir, sólo hay interés en negar;  por supuesto,  aquellos que se les acaba de comprobar su actuar delictivo, en extraña complicidad corrieron prontamente alzarse en armas contra la República,  incumpliendo el blindado Acuerdo, entre los que hoy se conoce se encuentra el hijastro de alias “Tirofijo”, Alberto Cruz Lobo, alias “Enrique Marulanda”, que se crio en medio de la violencia que le inculcó sus progenitor con su compañera sentimental,  que hoy ostenta quien lo creyera,  el cargo de vicepresidenta del Congreso de la República; herencia del expresidente Juan Manuel Santos que les hizo aprobar el estatuto de la oposición. (Ley 1909 del 9 julio de 2018), y quien se conoce está al lado de Santrich y Márquez, alzado en armas. ¡Que familia!

No olviden señores de las FARC los crímenes de guerra como el reclutamiento a menores de edad no son amnistiables ni indultables, su estrategia en negarlos no les va a funcionar; la sociedad colombiana ya ha aceptado demasiado pero este monumental sapo no se lo va a tragar como dicen los jóvenes de hoy en su forma de expresarse, y si lo consiguieren en la JEP, esas conductas gracias a la presencia del Derecho Internacional Humanitario, serán por siempre crímenes de guerra, de conocimiento de la Corte Penal Internacional.

Bernardo Henao Jaramillo, Asociación Únete por Colombia, 26/07/2020

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