




El Consejo Gremial coincidió con la preocupación jurídica sobre el decreto de negociación colectiva por niveles.
El Consejo Gremial coincidió con la preocupación jurídica del Consejo de Estado, que suspendió provisionalmente el Decreto 234 de 2026, norma sobre negociación colectiva por niveles. Tras el anuncio del Ministerio del Trabajo, que “respeta y acata la decisión”, los gremios ofrecieron acompañar a la cartera en la revisión técnica y jurídica de los decretos laborales recientes. La discusión pone a prueba los límites de la potestad reglamentaria y es clave para la seguridad jurídica de empleadores y trabajadores.

Suspensión provisional del Decreto 234 de 2026: qué decidió el Consejo de Estado
El Ministerio del Trabajo informó que fue notificado del auto del primero de octubre de 2026, con el cual la Sección Segunda, Subsección A, del Consejo de Estado decretó la suspensión provisional de los efectos del decreto, expedido el 6 de marzo de 2026. La norma regulaba la negociación colectiva unificada por niveles, un modelo que, según el Consejo Gremial, cobijaba al sector privado y a los trabajadores oficiales.
Para la entidad, la medida tiene efectos inmediatos. “A partir de su notificación, el decreto no produce efectos“, señaló, por lo que las direcciones territoriales y demás dependencias se abstendrán de aplicarlo. El Ministerio añadió que impartirá orientaciones sobre los trámites en curso y que seguirá interviniendo en el proceso con “plena lealtad procesal“, mientras el fondo del asunto se define en la sentencia.
Ambas partes coinciden en el carácter transitorio de la decisión. El Ministerio recordó que la providencia no implica prejuzgamiento, y el Consejo Gremial subrayó que la legalidad definitiva del decreto será resuelta en la sentencia. Por ahora, la suspensión congela los efectos de una norma expedida por el Gobierno anterior, que queda en el centro del debate sobre la institucionalidad laboral del país.
1/7 El Consejo de Estado suspendió provisionalmente el Decreto 234 de 2026, expedido por el Gobierno anterior, que reguló un modelo de negociación colectiva por niveles en el sector privado y para trabajadores oficiales. Una decisión relevante para la institucionalidad laboral…
— Natalia Gutierrez (@NGutierrezJ) October 2, 2026

Potestad reglamentaria y competencias del Congreso: el argumento de fondo
El Consejo Gremial sostiene que la decisión parte de un principio esencial: la potestad reglamentaria tiene límites. Según el gremio, el Gobierno puede desarrollar la ley para hacerla efectiva, pero no sustituir al Congreso ni ocupar, mediante decreto, espacios que la Constitución reservó al legislador. Ese planteamiento, que califica como el fondo de la discusión, marca la lectura que los gremios hacen del auto del alto tribunal.
De acuerdo con esa interpretación, el Decreto 234 no se limitó a reglamentar disposiciones existentes. Habría incorporado elementos estructurales sobre niveles de negociación, representatividad, conformación de mesas, articulación entre convenciones y efectos de los acuerdos, sin contar, prima facie, con un desarrollo legal previo suficiente. Así, aspectos centrales del modelo se habrían definido por decreto y no por ley, como entiende el gremio que correspondía.
El gremio no desconoce la necesidad de cambios. Advierte que la política laboral puede y debe evolucionar, pero que sus transformaciones tienen que construirse dentro de las competencias que establece la Constitución: cuando una materia corresponde al Congreso, el debate legislativo no puede ser reemplazado por la vía reglamentaria, una advertencia que resume su posición frente al decreto suspendido.

Revisión de decretos laborales y garantías para la negociación colectiva
El Consejo Gremial recordó que promovió varias de las demandas hoy acumuladas, por considerar que varias de estas materias requerían desarrollo legal y no podían definirse únicamente por vía reglamentaria. Con ese antecedente, reiteró lo planteado la víspera en la Comisión de Concertación, un compromiso que ahora se enmarca en la reacción del sector empresarial a la decisión del Consejo de Estado.
En esa línea, los gremios acompañarán a la ministra del Trabajo, Natalia López Fuentes, y al Ministerio en la revisión técnica y jurídica de los decretos laborales recientes. El propósito es identificar aquellos que puedan haber excedido la potestad reglamentaria, desconocido competencias del Congreso o vulnerado la legislación laboral. El anuncio introduce un componente de cooperación entre el sector empresarial y la cartera, en medio de un proceso judicial que sigue abierto.
El Ministerio, por su parte, insistió en que la suspensión no afecta el derecho de negociación colectiva. Siguen vigentes el artículo 55 de la Constitución, el Código Sustantivo del Trabajo y los Convenios 87, 98 y 154 de la OIT, y las convenciones colectivas vigentes y las negociaciones que se adelantan conforme al Código conservan plena validez. Reiteró su compromiso con la libertad sindical y la seguridad jurídica de trabajadores y empleadores.
Para el Consejo Gremial, el ejercicio debe servir para recuperar una premisa: las transformaciones laborales sostenibles se construyen con diálogo social, respeto por las competencias institucionales y reglas claras. Corregir lo que corresponda, afirma, “no debilita la política laboral”. Según el gremio, esa revisión fortalece su legitimidad, la seguridad jurídica y la confianza, tres elementos que, a su juicio, deben guiar lo que viene.

Carolina Morales Herrera
Periodista de Portafolio