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Una denuncia penal, fiscal y disciplinaria fue interpuesta ante la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes en contra de los magistrados Rodolfo Arango Rivadeneira, Eduardo Cifuentes Muñoz, Sandra Rocío Gamboa Rubiano, Mirtha Patricia Linares Prieto y Danilo Alfonso Rojas Betancourth, integrantes de la Sección de Apelación de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP).
La acción legal solicita investigar la presunta omisión de deberes funcionales y de ética profesional de los juristas, señalando que habrían cobrado sus sueldos sin registrar una carga laboral real durante cerca de siete años, lo que habría ocasionado un grave daño patrimonial a las arcas del Estado.
Según el escrito radicado en el Congreso, desde que la JEP abrió sus puertas el 15 de marzo de 2018, la Sección de Apelación no recibió expedientes para fallo de segunda instancia sino hasta finales de 2025, cuando se remitieron las impugnaciones correspondientes al Macrocaso 01 (secuestros de las Farc) y al Macrocaso 03 (ejecuciones extrajudiciales en el Batallón La Popa).
Cuestionamiento por ampliación de nómina e inactividad
El punto central de la denuncia radica en que, a pesar de conocer con anterioridad que los procesos tardarían años en llegar a su despacho, los cinco magistrados se habrían dotado de una costosa planta adicional de 11 funcionarios por cada despacho, aprobada mediante el Acuerdo AOG 020 de 2024. Dichos esquemas de personal incluyen tres magistrados auxiliares, cinco profesionales grado 33, un sustanciador nominado, un auxiliar judicial y un conductor por cada magistrado titular.
El documento sostiene que los acusados “se cruzaron de brazos años enteros sin trabajar”, absteniéndose de rechazar la carga de personal o de pedir su traslado a dependencias represadas. Aunque el texto reconoce que algunos asistentes de despacho fueron rotados provisionalmente a otras áreas bajo políticas de movilidad interna, denuncia que la respuesta de los magistrados ante la falta de expedientes fue conformar comisiones administrativas e instituir las denominadas sentencias interpretativas “Senit”, documentos de doctrina interna que no resuelven recursos de apelación ni constituyen fallos de fondo.
Ante estos hechos, la Comisión de Acusaciones de la Cámara deberá revisar los elementos aportados para definir si abre una investigación formal contra los altos togados del tribunal de paz.
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Comentarios 1
Los puntos sobre las ies
El cartel de los vagos
Pero para condenar los miembros de la Fuerza Pública si estaban listos y con toda la disposición, pero para juzgar como debe ser a los narcoterroristas y crimínales de las Farc ni aparecían.