“Las Farc no van a pagar por sus delitos. Les impondrán “sanciones alternativas”. La Jep redactó 322 páginas de imputaciones a las Farc por “toma de rehenes”.
En las últimas horas se conoció que la Justicia Especial para la Paz llamó a imputación de cargos a los miembros del ex secretariado de la Farc por el delito de secuestro. De inmediato salieron a la luz pública varias dudas sobre el impacto que esto generaría en el proceso que se adelanta contra los excombatientes. El experto en derecho y en el proceso de paz, Alejo Vargas, aseguró que ahora la JEP va a medir el aporte a la verdad que han entregado los exguerrilleros. Vargas es profesor de derecho de la Universidad Nacional y director del “centro de seguimiento y pensamiento al proceso de paz”.
¿Por qué la JEP denomina “toma de rehenes” y no secuestro al caso 01 por el que se imputa a cúpula de las Farc? Para Vargas, con la imputación de cargos que decidió hacer la Justicia Especial de la Paz al ex secretariado de las Farc, lo que se busca ahora es mediar la clase de verdad que estas personas han aportado al sistema de justicias transicional y de esta manera determinar la clase de pena que les impondrá.
Según el profesor, la JEP funciona distinto a la justicia ordinaria, y si se llegó a este punto de la imputación de cargos es porque se da por entendido que ellos ya aceptaron su responsabilidad en los delitos. “Es una fase del proceso que está establecido una vez que han comparecido, la JEP ha recibido los expedientes que le entregó la Fiscalía, ha recibido las versiones de los mismos miembros de las Farc y por eso va a formular de manera individualizada cargos por ese macro caso (…) lo que viene ahora es que los 8 imputados por la JEP van con sus abogados a hacer su contribución a la verdad y por ser una justicia trasnacional se fijará la sanción que irá en relación al nivel de contribución de la verdad y reparaciones a las víctimas”, explicó Vargas.
Recordó que por ser un sistema alterno de justicia, lo excombatientes de las Farc no van a pagar por sus delitos en el momento que la JEP los condene en un centro carcelario, que se impondrán sanciones alternativas. “Las penas son fundamentales, retributivas y reparatorias, y dependiendo de la contribución va haber más o menos pena de parte de la JEP, quien que sanciones especiales y donde las irán a cumplir (…) Por ejemplo ellos tengan que hacer como retribución o alguno de ellos un trabajo comunitario en alguna zona donde se cometió el delito y esos trabajos comunitarios tendrán que ser concertados con las víctimas”, agregó.
Explicó que por el momento el llamado a imputación de cargo por parte de la JEP a los ex jefes guerrillero no tiene incidencia sobre los beneficios que les otorgó el proceso de paz. Dijo que podrían perder dichos beneficios en casos como los disidentes de Iván Márquez y Jesús Santrich, o que incumplan con las órdenes o condenas que les imponga la Justicia Especial para la Paz. Lo que sería controversial, es que ahora alguno de los imputados diga que no acepta, porque de ante mano se cree que si se llegó hasta este punto es porque ya han aceptado su responsabilidad en los hechos que son investigados por la JEP, según dijo Vargas.
Como se había anticipado, la Sala de Reconocimiento de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) les imputó a ochos miembros del antiguo Secretariado de las extintas Farc-EP crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra dentro del caso 01, ahora denominado “Toma de rehenes y otras privaciones graves de la libertad.” Los responsables de estos hechos son los antiguos miembros del Secretariado que están sometidos a la JEP: Rodrigo Londoño Echeverry, Pablo Catatumbo Victoria, Pastor Lisandro Alape Lascarro, Milton de Jesús Toncel, Juan Ermilo Cabrera, Jaime Alberto Parra, Julián Gallo Cubillos y Rodrigo Granda Escobar. La responsabilidad individual varía según los cargos de mando asumidos durante el conflicto armado.
Semana, Bogotá,https://www.semana.com/nacion/articulo/pese-a-imputacion-de-cargos-contra-ex-secretariado-de-farc-por-secuestro-no-perderan-beneficios-de-la-jep/202159/, 28 de enero de 2021
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